¿LE APLICARON SANCIONES DISCIPLINARIAS EL TRABAJO?: APERCIBIMIENTO – SUSPENSIÓN – DESPIDO CON CAUSA 

El mecanismo de sanciones disciplinarias dispuesto en la Ley de Contrato de Trabajo 20744 está conformado por: a) Apercibimiento b) Suspensión y c) Despido con causa. Las sanciones deben estar fundadas en incumplimientos graves del trabajador a sus obligaciones de trabajo, estos pueden ser reiterados o aislados, y el trabajador DEBE IMPUGNARLAS dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en que se le notifica. No debe firmar un apercibimiento si no se le entrega una copia del escrito que firma. Si el trabajador tiene dudas puede negarse a firmar y solicitar que se le notifique por carta documento. Cuando una sanción no es impugnada el legajo del trabajador queda “manchado” por lo que si acumula en corto plazo varias sanciones pueden hasta despedirlo con causa. 

Hay muchos empleadores que despiden con causa “armando” un legajo “sucio” del trabajador para no pagarle su indemnización. Siempre que exista una sanción consúltenos de inmediato y le confeccionaremos su impugnación al instante. 

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